ESPECIAL: AGUA
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INFORMACION GENERAL SOBRE EL DERECHO AL AGUA

I. ¿Por qué es importante el derecho al agua?

Una respuesta simple de parte de los abogados de derechos humanos sería que es importante porque tiene obligatoriedad en la legislación internacional, e incluso en muchas legislaciones nacionales. Todo el mundo puede estar de acuerdo en que toda persona debe tener derecho al agua, pero ¿qué significa ese derecho en una situación donde los recursos son limitados y donde los gobiernos están bajo presión para generar empleos e ingresos, más que desarrollo humano? ¿De qué manera puede el derecho al agua significar una verdadera diferencia para los pobres a partir de hoy o de mañana, en vez de en un futuro distante? ¿Cuáles son los reclamos concretos que las comunidades pueden hacer a sus gobiernos? Introducir la perspectiva de derechos humanos en el gobierno y administración del sector del agua puede tener las siguientes implicancias beneficiosas:

1. Dar prioridad a la gente que carece de acceso básico al agua

El derecho al agua para todos significa que los gobiernos tienen que dar prioridad a garantizar que todas las personas tengan acceso a servicios de agua adecuados, utilizando los recursos de agua disponibles en forma tal de favorecer a los más pobres.

2. Reconocer el acceso al agua como un derecho formal, en lugar de como un beneficio o una mercancía

El derecho al agua representa una sólida base para que los individuos y los grupos exijan cuentas a los Estados y a otros actores. Las comunidades pueden invocar este derecho al cabildear con los Estados por los servicios de agua, o para que se les conceda permiso de manejar sus propios programas de agua sin la arbitraria interferencia del Estado y sin exigencias de sobornos. Tener un derecho formal al agua implica una verdadera obligación a los funcionarios gubernamentales responsables de garantizar el acceso al agua.

3. Prevenir la discriminación y el descuido de las comunidades vulnerables o marginadas

Negar el acceso al agua es a menudo una decisión deliberada de los gobiernos o de las autoridades locales para expulsar a comunidades consideradas indeseables. A los asentamientos irregulares en todo el mundo, a menudo se les niega el agua por decisión política. Por otro lado, muchos proyectos de agua tienden a descuidar las necesidades o situaciones particulares de grupos tales como las mujeres o los niños.

4.  Dar poder a las comunidades para participar activamente en los procesos de toma de decisiones

El derecho humano al agua exige una verdadera consulta y participación de las comunidades afectadas en el funcionamiento del servicio de agua y en la conservación de los recursos de agua.

5.  Los gobiernos nacionales, la comunidad internacional y el sector privado deben rendir cuentas  para garantizar el acceso al agua

Uno de los mayores obstáculos en el acceso al agua son la falta de voluntad política y la corrupción. Las instituciones nacionales, como los tribunales y las comisiones de derechos humanos, lo mismo que las ONGs de derechos humanos, pueden dar seguimiento a los programas gubernamentales a fin de asegurar la rendición de cuentas.

II. Fundamento legal del derecho al agua

El derecho al agua está contenido en una serie de tratados internacionales de derechos humanos. En particular el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales  (PIDESC) incluye el derecho a un estándar de vida adecuado y el derecho a la salud, los cuales implícitamente incluyen el agua. Este tratado ha sido ratificado por 152 países.

En 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU emitió un Comentario General sobre el derecho al agua, el cual ofrece una descripción muy detallada del derecho al agua y de las obligaciones de los Estados para ponerlo en práctica. . El Comité de la ONU está integrado por expertos independientes. El Comité tiene un mandato del Consejo Económico y Social de la ONU y de la Asamblea General de la ONU para dar seguimiento a la implementación del Pacto por parte de los Estados y para emitir comentarios generales a fin de facilitar a los Estados un mejor entendimiento de sus obligaciones de acuerdo con el Pacto. El Comité es la única institución internacional que tiene un mandato para interpretar el Pacto, y posee la experiencia y capacidad para hacerlo, ya que viene funcionando desde 1985.

Otros tratados de derechos humanos también se ocupan del acceso al agua como parte de los derechos humanos, tales como la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, lo mismo que un gran número de declaraciones internacionales. El derecho al agua está reconocido implícitamente a nivel regional en el Protocolo de San Salvador adicional a la Convención Inter-Americana sobre Derechos Humanos. El Protocolo reconoce el derecho a la salud y el derecho de toda persona a tener acceso a los servicios públicos básicos.

III. Contenido del derecho al agua

Existen cinco componentes clave expresados en el Comentario General sobre el derecho al agua.

1. Suficiente agua para uso personal y doméstico

El suministro de agua para cada persona debe ser suficiente para el uso personal y doméstico.

2. Calidad

El agua que se utilice para uso personal y doméstico no debe constituir un riesgo para la salud. Debe tener color, olor y sabor aceptables. El Comentario General hace notar que se requiere de servicios sanitarios adecuados a fin de preservar la calidad de las fuentes de suministro de agua, lo mismo que para proteger el derecho de toda persona a la privacidad, la dignidad y la salud. De hecho, la Organización Mundial de la Salud y otras instituciones internacionales enfatizan que, aún si la gente tiene acceso a suficiente agua, estarán expuestos a un grave riesgo de enfermedades infecciosas si no tienen acceso a servicios sanitarios y a información sobre el uso higiénico de dichos servicios. El derecho al agua está, en consecuencia, ligado al derecho a los servicios sanitarios.

3. Accesibilidad

El agua debe estar al alcance físico seguro, dentro o cerca de cada vivienda, escuela o centro de trabajo. Los servicios de agua deben estar en una ubicación segura y responder a las necesidades de los diferentes grupos, en particular de las mujeres.

4. Ser asequible

Los servicios de agua deben ser asequibles en relación con el ingreso de las personas. Acceder al servicio de agua no debe reducir la capacidad de las personas para adquirir otros bienes esenciales, tales como alimentos, vivienda, educación y servicios de salud.

5. No discriminación

El Estado está obligado a garantizar que no exista discriminación, ni de derecho ni de hecho, con base en características definidas de las personas, tales como raza u origen nacional o social. Los Estados deben prestar atención especial a los grupos vulnerables o tradicionalmente marginados, tales como los pueblos indígenas y las mujeres.

Otros derechos humanos, tales como el derecho a los alimentos y el derecho a ganarse la vida mediante el trabajo también requieren del acceso al agua, en particular para los grupos marginados. Además, el tema de la sustentabilidad debe ser tomado en cuenta. El Comentario general hace notar que el derecho al agua corresponde tanto a la generación actual como a las generaciones futuras.

IV. Obligación de los Estados de respetar, proteger y cumplir el derecho al agua

Las obligaciones de los Estados en materia de derechos económicos, sociales y culturales, mismas que se aplican a los gobiernos nacionales, gobiernos regionales y a las autoridades locales, pueden clasificarse en tres tipos. El primero es que los Estados deben respetar el derecho absteniéndose de interferir con el derecho al agua. El segundo, es proteger el derecho asegurando que los particulares no interfieran con el derecho al agua. El tercero, es cumplir con el derecho garantizando que las personas tengan acceso a agua sana, suficiente y asequible.

Obligación de respetar

Bajo la obligación de respetar, el Comentario General sobre el derecho al agua afirma que antes de ejercer ninguna interferencia con el derecho al agua, como sería una reducción en la cantidad de agua suministrada, debe haber una verdadera consulta con los afectados, un aviso previo, una solución para aquéllos que crean haber sido injustamente desconectados y atención a dichos reclamos. Cuando tales medidas se emprendan porque una persona adeuda el pago de agua, deberá tenerse en cuenta su capacidad de pago. En ninguna circunstancia deberá privarse a una persona del mínimo indispensable de agua.

Obligación de proteger

Bajo la obligación de proteger, los Estados deben dar seguimiento o regular a terceros para asegurarse de que éstos no interfieran con el derecho al agua. Esto es normalmente muy pertinente al referirse a la contaminación del agua que producen las industrias y la agricultura y también en lo referente al manejo privado de los recursos de agua.

Obligación de cumplir

Bajo la obligación de cumplir, los Estados deben progresivamente hacer realidad el derecho al agua de manera expedita y utilizando el máximo de recursos disponibles. Se espera que los Estados garanticen que los aspectos más esenciales del derecho al agua se hagan realidad para todos y constituyan una prioridad. Como con todos los derechos económicos, culturales y sociales, no se espera que los gobiernos aseguren que todo el mundo tenga pleno acceso al derecho al agua inmediatamente. Sin embargo, cada Estado tiene obligaciones inmediatas, como es la de establecer programas concretos y con metas para cumplir a plenitud con el derecho al agua tan rápidamente como sea posible, con un máximo de los recursos disponibles y evitando la discriminación.

El derecho al agua también obliga a los Estados más ricos a cooperar a través de una ayuda internacional suficiente, que es necesaria para complementar los esfuerzos nacionales en los países en desarrollo, a fin de asegurar que todo el  mundo tenga acceso a fuentes de agua sana. Esta ayuda debe ser orientada a los países con menor nivel de desarrollo y a los más necesitados dentro de ellos. Los Estados también deben tener en cuenta este derecho en los acuerdos comerciales y financieros. Todos los Estados deben asegurarse de que las organizaciones internacionales, tales como el Banco Mundial, toman en cuenta el derecho al agua.

 


 
 
 
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